Obtener la nacionalidad española
¿Sabías que puedes solicitar el pasaporte español en dos años?
Primero debes residir dos años legalmente
Existen muchas maneras de llegar a la Nacionalidad Española. Casi todas las formas están determinadas en base al plazo de residencia legal como requisito fundamental:
¿Se puede optar a la nacionalidad por residencia?:
Si, en el caso de los hispanoamericanos con haber residido legalmente en España durante dos años se puede acceder a la Nacionalidad. Cabe destacar que para optar a dicho trámite se debe mantener el estatus de legalidad renovando el permiso de residencia con vigencia hasta que se obtenga la resolución favorable.
¿Cómo se adquiere la nacionalidad española?:
La Nacionalidad Española se adquiere: por origen, por residencia, por carta de naturaleza, por opción o por posesión de estado. Habitualmente en el caso de inversores se obtiene por residencia.
¿Quién puede adquirir la nacionalidad española por origen?:
Además de los nacidos de padre o madre españoles, también existen otros supuestos: los nacidos en España de padres extranjeros cuando uno de los progenitores también haya nacido en España, los menores de dieciocho años adoptados por un español y los nacidos en España de Padres desconocidos y los nacidos en España de padres apátridas.
¿Quién puede adquirir la nacionalidad española por opción?:
Pueden pedirla aquellos que estén bajo la patria potestad de un español, los que hayan sido adoptados por un español después de cumplir los dieciocho años o los que su padre o madre sea español y haya nacido en España pero ellos tengan otra nacionalidad.
“Hacer las cosas correctamente y aportar a la sociedad española. Esos ciudadanos son los que queremos.” – Marco Benayas. Asesor Legal.

¿Cuáles son los requisitos?
En 5 requisitos conocerás fundamentalmente cuáles son los pasos a cumplir para poder hacer una solicitud exitosa:
1.- Cumplir los plazos de residencia legal exigidos:
Se debe cumplir, en primer lugar, con los plazos exigidos según procedencia del permiso de Residencia:
- 10 años: La generalidad de los supuestos
- 5 años: Aquellos que han logrado la condición de refugiados
- 2 años: Iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y Sefardíes.
- 1 año: Para casos especiales de naturalización y convenios como el de Guatemala.
2.- Acreditar integración en la sociedad española:
Antiguamente, eran los propios encargados de los Registros Civiles los que, en base a sus propios criterios, realizaban una entrevista personal a los interesados para determinar si éstos cumplían, o no, con el requisito de integración. Con el nuevo proceso de nacionalidad se han producido muchas modificaciones, no sólo porque ya no se pueden presentar las solicitudes de nacionalidad por Registro Civil, sino porque las entrevistas que realizaban los encargados del Registro se suplen ahora con la realización de unos exámenes previos, los cuales, acreditarían el cumplimiento de este requisito.
3.- Buena conducta cívica:
Es decir, aquellas personas que hayan tenido problemas con la justicia, que tengan en la actualidad antecedentes penales en España o en sus países de origen, muy probablemente vean denegada su nacionalidad por esa falta de buena conducta cívica. Aquellos que han tenido antecedentes policiales o algún altercado policial que haya sido reflejado en una ficha policial podrán “discutir” con el Ministerio de Justicia si realmente existe una mala conducta cívica suficiente como para llegar a denegar por dicho motivo la nacionalidad.
4.- Tener la Documentación al día:
Para recordar los plazos, como regla general, la documentación tiene una vigencia de tres meses desde la expedición del documento, salvo en el caso de los antecedentes penales, los cuales, si no viene establecido en el propio documento, a efectos de nacionalidad, se presume una validez de seis meses desde la expedición.
5.- No pasar más de 3 meses fuera:
Para que la nacionalidad española sea aprobada es imprescindible que la residencia legal sea estable y continuada antes y durante todo el proceso. Cualquier salida prolongada fuera de España podría considerarse como motivo para denegar la nacionalidad.
¿quieres saber más al respecto?
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