La tasa del certificado de concordancia se paga mediante el modelo 790 código 012 y actualmente asciende a 7,31 €, según la Orden PJC/617/2025. Debes abonarla antes de tu cita en la Comisaría de Policía Nacional y presentar el justificante junto al formulario EX-15.
Lo que debes saber:
- La tasa del certificado de concordancia se paga con el modelo 790 código 012 y cuesta 7,31 € en 2026 (Orden PJC/617/2025).
- Necesitas el formulario EX-15, cita previa en Policía Nacional y el justificante de pago antes de acudir.
- Este checklist reúne los documentos, los pasos de pago y los errores más frecuentes para completar el trámite sin retrasos.
Nota informativa: Este artículo tiene fines exclusivamente informativos y no significa que Cohen & Aguirre realice o gestione el trámite aquí descrito. Si necesitas asesoría sobre tu caso, puedes consultar nuestros servicios disponibles o contactarnos directamente.
¿Para quién es este checklist sobre la tasa del certificado de concordancia?
Este checklist está pensado para tres perfiles concretos. Por un lado, para quien acaba de obtener la nacionalidad española y necesita vincular su antiguo NIE con el nuevo DNI.
Asimismo, sirve para quien ya tramitó su DNI, pero un banco o la Seguridad Social le ha pedido este documento después. También aplica a quien perdió la oportunidad de solicitarlo el mismo día de recoger el DNI.
- Nuevos españoles que acaban de recibir el DNI y el pasaporte.
- Personas cuyo banco bloqueó una cuenta por falta de concordancia entre NIE y DNI.
- Extranjeros que necesitan actualizar su historial ante la Seguridad Social o la Agencia Tributaria.
Si tu caso no encaja exactamente en ninguno de estos perfiles, igualmente puedes seguir este checklist. Al fin y al cabo, el procedimiento de pago de la tasa 790 012 es el mismo para todos los solicitantes, con independencia del motivo concreto.
Por otro lado, conviene aclarar que este trámite no depende de tu comunidad autónoma de residencia. En consecuencia, los requisitos documentales son idénticos en Madrid, Barcelona o cualquier otra provincia; lo único que puede variar es la disponibilidad de cita previa en cada comisaría.
Antes de pagar la tasa del certificado de concordancia: qué debes tener claro

Antes de generar el modelo 790 código 012, conviene entender qué grava exactamente esta tasa. No se trata de un tributo exclusivo del certificado de concordancia.
Por el contrario, el modelo 790 código 012 es el impreso general que la Policía Nacional utiliza para cobrar múltiples trámites de extranjería, desde la TIE hasta el NIE.
Dato: Según el anexo de la Orden PJC/617/2025 (BOE núm. 144), el epígrafe «Certificados o informes emitidos a instancia del interesado» tiene un importe de 7,31 €. Este es el concepto que corresponde al certificado de concordancia. Puedes consultar el texto oficial en la sede electrónica del BOE.
Por eso mismo, no debes confundir esta cuantía con la de otros conceptos del mismo formulario. La popular tasa de huellas, por ejemplo, corresponde a un epígrafe distinto y más elevado, ya que financia la expedición física de la TIE.
Marcar la casilla equivocada al generar el modelo 790 código 012 provocará un pago incorrecto y, en consecuencia, la Policía Nacional podría rechazar tu solicitud.
De igual modo, tampoco debe confundirse con la asignación del NIE a instancia del interesado, que responde a otro epígrafe distinto dentro del mismo anexo normativo.
Aunque los tres conceptos comparten el mismo formulario 790 012, cada uno tiene su propio importe y su propia casilla, por lo que conviene verificar el concepto exacto antes de generar el justificante.
Si todavía estás en fase de tramitar tu residencia por cuenta ajena y aún no has llegado a la nacionalidad, este trámite no te corresponde por ahora. En Cohen & Aguirre acompañamos cada fase de tu expediente para que llegues a este último paso sin sorpresas ni errores administrativos.
El checklist: documentos para solicitar el certificado de concordancia
A continuación, encontrarás la lista completa de documentos que debes reunir antes de acudir a tu cita. Marca cada casilla conforme vayas completando el requisito correspondiente.
| Documento | Formato | Dónde se obtiene |
| Formulario EX-15 cumplimentado | Original y copia | Descarga en la web de Extranjería |
| Justificante de pago de la tasa 790 012 | Original sellado por el banco | Entidad bancaria colaboradora |
| DNI español en vigor | Original y copia | Comisaría donde lo recogiste |
| Pasaporte o NIE anterior | Original y copia | Documento previo del expediente |
| Justificante de la cita previa | Impreso o en formato digital | Sede de cita previa de Policía |
| Poder notarial (si aplica) | Original | Notaría, solo si acude un representante |
Ten en cuenta que, según en qué comisaría vayas a presentarte, es posible que además te soliciten una copia de la resolución de tu expediente de nacionalidad. Por tanto, conviene preguntar telefónicamente antes de acudir, sobre todo si tu comisaría no gestiona certificados de concordancia todos los días.
Qué esperar el día de la cita:
En la mayoría de comisarías, el funcionario cotejará tus documentos originales y, si todo está en regla, te entregará el certificado en el momento. En ciudades con mayor volumen de solicitudes, en cambio, el documento puede tardar unos días hábiles en emitirse.
Si aún no has completado tu primer DNI tras la nacionalidad, primero necesitas ese documento antes de continuar con este trámite. Puedes revisar nuestra guía Primer DNI español tras la nacionalidad: pasos para no saltarte ningún requisito previo.
Cómo pagar y descargar la tasa 790 012 paso a paso
Descargar la tasa 790 012 es un proceso sencillo, siempre que selecciones la casilla correcta. Sigue este orden para evitar errores:
- Accede al generador del modelo 790 código 012 en la sede electrónica de la Policía Nacional.
- Introduce tus datos personales: nombre, DNI y número de expediente si lo tienes.
- Selecciona el concepto «Certificados o informes a instancia del interesado».
- Comprueba que el importe mostrado sea 7,31 €; si aparece otra cifra, revisa la casilla marcada.
- Descarga el PDF generado e imprímelo, o guárdalo para el pago telemático.
- Paga en cualquier entidad bancaria colaboradora o mediante la pasarela de pago telemático con Cl@ve o certificado digital.
- Conserva el justificante sellado; lo necesitarás físicamente el día de la cita.
Recuerda que el periodo de pago voluntario de las tasas de extranjería es limitado. Por ello, no dejes pasar demasiados días entre la generación del modelo y el abono, ya que algunas oficinas exigen que el justificante tenga una fecha reciente.
Asimismo, conserva siempre una copia digital del justificante, además de la física. De esta manera, si el papel se deteriora o se traspapela antes de la cita, podrás volver a imprimirlo sin necesidad de generar el modelo de nuevo ni pagar la tasa por segunda vez.
Dónde tener cuidado al tramitar la tasa del certificado de concordancia
Detectamos con frecuencia los mismos fallos en los expedientes que llegan a nuestro despacho. Conocerlos de antemano te ahorrará una visita perdida a la comisaría.
- Marcar el concepto equivocado: confundir «certificados a instancia del interesado» con otro epígrafe del modelo 790 código 012.
- Pagar sin cita previa confirmada: acudir con el justificante, pero sin haber reservado hora en el sistema oficial.
- Presentar el EX-15 incompleto: dejar campos en blanco o firmar en la casilla incorrecta.
- Llevar fotocopias sin cotejar: Algunas comisarías exigen documentos originales, no solo copias simples.
- Confundir esta tasa con la tasa de huellas: son conceptos distintos, con importes y finalidades diferentes dentro del mismo formulario.
Si tu situación es más compleja, por ejemplo, porque tu expediente de nacionalidad tuvo alguna incidencia previa, lo más seguro es resolver tus dudas antes de acudir a la cita.
Puedes agendar una asesoría de extranjería online con nuestro equipo y revisar tu caso concreto antes de generar el modelo 790 código 012.
Preguntas frecuentes sobre la tasa del certificado de concordancia
¿Puedo pagar la tasa 790 012 con tarjeta directamente en la comisaría?
No, la mayoría de comisarías no aceptan pagos en el momento. Debes generar el modelo, pagarlo antes en el banco o de forma telemática, y llevar el justificante ya sellado a tu cita.
¿Qué pasa si pago la tasa y luego no acudo a mi cita?
El pago no caduca de forma inmediata, pero deberás pedir una nueva cita y presentar el mismo justificante, siempre que el importe siga vigente en ese momento.
¿El certificado de concordancia tiene coste adicional aparte de la tasa 790 012?
No, el único coste oficial es el importe de la tasa. Cualquier despacho o gestoría que te acompañe en el trámite cobrará sus honorarios aparte, de forma independiente al pago administrativo.
¿Puedo delegar en otra persona el pago o la recogida del certificado?
Sí, siempre que aportes un poder notarial y la persona autorizada presente su propio documento de identidad junto con el tuyo en copia.
¿Sirve el certificado de concordancia para trámites fuera de España?
Generalmente, no está diseñado para uso internacional, ya que acredita una equivalencia dentro del sistema administrativo español. Para el extranjero, suele requerirse apostilla adicional según el organismo receptor.
En definitiva, así se paga la tasa del certificado de concordancia
Reunir el EX-15, generar correctamente el modelo 790 código 012 y confirmar que el importe corresponde a 7,31 € son los tres pasos que evitan retrasos en este trámite. Con el justificante en mano y la cita confirmada, el certificado de concordancia suele emitirse el mismo día en la comisaría.
Si detectas cualquier incidencia en tu expediente antes de llegar a este punto, conviene resolverla con acompañamiento profesional en lugar de intentar corregirla sobre la marcha. Al final, la tasa del certificado de concordancia es un trámite breve, pero solo si llegas a la cita con la documentación completa y el pago correctamente identificado.
¿Ya generaste tu modelo 790 código 012 o todavía tienes dudas sobre qué casilla marcar dentro de la tasa del certificado de concordancia?
Cuéntanos tu situación y te ayudamos a resolverla.
Equipo Jurídico de Cohen y Aguirre. Especialistas en Derecho de Extranjería y Movilidad Internacional con más de 10 años de experiencia en la resolución de expedientes complejos.








