Arraigo social en España: Requisitos y proceso 2026

requisitos del arraigo social en España, arraigo social, residencia por arraigo, residencia legal en España, renovar la residencia, residencia legal en España,

Tabla de contenidos

Los requisitos del arraigo social en España actualmente exigen dos años de permanencia continuada, ausencia de antecedentes penales y, además, vínculos familiares con residentes legales o un informe de integración social. La renovación de la residencia queda condicionada al cumplimiento de los requisitos laborales o de medios económicos.

Lo que debes saber:

  • El plazo de permanencia continuada bajó de tres a dos años tras el Real Decreto 1155/2024.
  • Existen dos vías para acreditar la integración: vínculo familiar con medios económicos o informe de arraigo social del ayuntamiento.
  • La resolución tarda hasta tres meses y, si no llega respuesta, la solicitud se entiende denegada por silencio administrativo.

¿Qué es el arraigo social y a quién beneficia en 2026?

requisitos del arraigo social en España, arraigo social, residencia por arraigo, residencia legal en España, renovar la residencia, residencia legal en España,

El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite regularizar la situación de una persona extranjera que lleva tiempo viviendo en España sin un permiso de residencia previo. 

A diferencia del arraigo sociolaboral, esta vía no exige contrato de trabajo como condición central; en cambio, prioriza la permanencia continuada y la integración social real del solicitante.

Conviene distinguirlo también del arraigo familiar, pensado para quien tiene familiares con nacionalidad española, y del arraigo socioformativo, destinado a personas extranjeras que se comprometan a realizar una formación reglada u ocupacional (permitiendo trabajar con un límite de 30 horas semanales). 

Por todo esto, el equipo jurídico de Cohen & Aguirre acompaña cada expediente evaluando primero cuál de estas figuras corresponde al caso concreto, puesto que elegir la vía equivocada retrasa la resolución varios meses.

Nuestra experiencia gestionando expedientes de extranjería nos permite anticipar los puntos donde la Oficina de Extranjería suele pedir subsanación, sobre todo en la acreditación documental de la permanencia y en el informe de integración social.

En términos prácticos, el arraigo social beneficia principalmente a quien lleva años residiendo de forma continuada sin haber podido regularizar su situación por otras vías, ya sea porque no cuenta con oferta de empleo formal o porque su vínculo familiar es reciente.

Los requisitos del arraigo social en España que debes cumplir

Según el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1155/2024 y la información oficial del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, estos son los requisitos principales:

  1. Permanencia continuada de dos años en España. Las ausencias del territorio no pueden superar los 90 días dentro de ese periodo.
  2. No ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo ni de Suiza, ni familiar de estos con derecho a régimen comunitario.
  3. Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años.
  4. Acreditar integración mediante una de estas dos vías:
    • Vínculo familiar (cónyuge, pareja de hecho registrada o familiares en primer grado) con residencia legal, más medios económicos equivalentes al 100 % del IPREM para la unidad familiar.
    • Informe de arraigo social favorable, emitido por la comunidad autónoma o el ayuntamiento del domicilio habitual, en un plazo máximo de un mes.
  5. No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública, ni figurar como persona rechazable en convenios internacionales suscritos por España.
  6. No ser solicitante de protección internacional en el momento de pedir el arraigo, ni ostentar ya otra autorización de residencia en trámite.
  7. Abonar la tasa correspondiente, Modelo 790 código 052, epígrafe 2.3.1.

⚠️ Aviso importante: El requisito de permanencia es de dos años, no de tres. Cualquier fuente que mencione tres años de residencia previa está citando la normativa derogada por el RD 1155/2024, vigente desde mayo de 2025.


Si tu situación se ajusta a estos puntos, en Cohen & Aguirre analizamos tu expediente de arraigo social antes de presentar cualquier solicitud, evitando así una denegación evitable.


¿Qué documentos necesitas para solicitar el arraigo social?

La documentación exigible varía según la vía de integración elegida, pero en todos los casos se solicita lo siguiente:

DocumentoPara qué sirve
Impreso EX-10Solicitud oficial de la autorización
Copia del pasaporte en vigorIdentificación del solicitante
Prueba de permanencia de 2 añosEmpadronamiento, historial médico o documentación oficial similar
Certificado de antecedentes penalesDe España y de los países de residencia en los últimos 5 años
Prueba de vínculo familiar o informe de arraigoSegún la vía de integración acreditada
Justificante del pago de la tasaModelo 790 código 052

Cuando los documentos procedan de un país de origen distinto de España, deben apostillarse o legalizarse; solo requieren traducción jurada si el idioma original no es el castellano. Por eso, para solicitantes de países hispanohablantes, la apostilla suele bastar sin necesidad de traducción adicional.

Además, conviene aportar tantos documentos oficiales como sea posible para reforzar la prueba de permanencia: además del empadronamiento histórico, ayudan los informes médicos de la sanidad pública, la escolarización de hijos o cualquier trámite realizado ante una administración española. 

Cuantos más documentos oficiales aporte el solicitante, más sólido resulta el expediente frente a una eventual petición de subsanación.

Cómo se tramita el arraigo social paso a paso

Como complemento al listado de requisitos, así se desarrolla el procedimiento una vez reunida la documentación:

  1. Solicita, si corresponde entre los requisitos, el informe de arraigo social ante el ayuntamiento o la comunidad autónoma de España; el organismo dispone de un mes para emitirlo.
  2. Reúne y ordena toda la documentación exigida, incluida la prueba de permanencia continuada.
  3. Presenta la solicitud en la Oficina de Extranjería de tu provincia o de forma telemática a través de la sede electrónica Mercurio.
  4. Abona la tasa del Modelo 790 código 052 en el plazo de diez días hábiles desde la presentación.
  5. Espera la resolución, que tiene un plazo legal de tres meses desde el registro de entrada.
  6. Solicita la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el plazo de un mes tras recibir la aprobación.
  7. Modifica por autorización ordinaria, solicitando el cambio a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia al finalizar el periodo del arraigo.

Actuar así, en orden y sin omitir pasos, reduce sensiblemente el riesgo de que la Oficina de Extranjería requiera subsanación de expediente.


¿Necesitas claridad en alguna fase concreta? Consulta nuestra guía completa sobre residencia por arraigo en España, donde profundizamos en cada figura del arraigo y sus diferencias prácticas.


¿Cuánto tarda la resolución y qué pasa tras la aprobación?

El plazo oficial de resolución es de tres meses desde que la solicitud entra en el registro competente. Transcurrido ese plazo sin notificación, la ley permite entender la solicitud desestimada por silencio administrativo, lo que no significa que el expediente esté cerrado, sino que conviene recurrir o solicitar impulso.

Caso ilustrativo:

M.R., ciudadana colombiana de 29 años empadronada en Madrid desde hace más de dos años, no contaba con vínculo familiar en España. Su ayuntamiento emitió un informe de arraigo social favorable en tres semanas, y su solicitud fue aprobada dentro del plazo legal de tres meses.

Como los documentos de su país de origen ya estaban en castellano, solo necesitó apostillarlos, sin incurrir en el gasto ni el tiempo adicional de una traducción jurada.

Una vez concedida, la autorización habilita a trabajar por cuenta propia o ajena sin restricción geográfica ni de ocupación, con vigencia de un año prorrogable. Al finalizar la vigencia de la autorización, deberá solicitar la modificación a un permiso de residencia y trabajo ordinario acreditando una relación laboral, actividad por cuenta propia o medios económicos suficientes.


¿Tu expediente lleva meses sin resolverse o fue denegado? Agenda una asesoría de extranjería online con nuestro equipo para valorar las opciones de recurso disponibles en tu caso concreto.


Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Puedo trabajar mientras se resuelve mi solicitud de arraigo social?
No, la autorización para trabajar solo se activa una vez concedida la residencia; durante la tramitación no existe habilitación laboral automática.

¿El arraigo social sirve para reagrupar después a mi familia?
Sí, una vez consolidada la residencia legal, puedes iniciar el trámite de reagrupación familiar cumpliendo sus propios requisitos económicos y de vivienda.

¿Qué pasa si me deniegan el arraigo social?
Puedes interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución o acudir a la vía contencioso-administrativa, o valorar otra figura de regularización si tu situación lo permite. Antes de recurrir, conviene revisar con detalle el motivo exacto de la denegación.

¿El tiempo como solicitante de protección internacional cuenta para los dos años?
No; ese periodo no computa para acreditar la permanencia continuada exigida en el arraigo social.

¿Puedo pedir el arraigo social si ya tengo otra autorización de residencia en trámite?
No; el reglamento exige no ostentar la condición de persona interesada en otro procedimiento de residencia simultáneo.


Así avanza tu expediente de arraigo social.

En España, cumplir con los requisitos del arraigo social este 2026 exige documentar con rigor los dos años de permanencia, elegir correctamente la vía de integración y presentar el expediente sin omisiones. 

Un expediente bien construido desde el inicio previene meses de retraso evitables y reduce el riesgo de denegación por defectos formales fácilmente subsanables con asesoría previa.

Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Hoja 28 — Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo social.

¿Tu situación se ajusta a alguno de los requisitos que hemos repasado, o tienes dudas sobre cuál figura de arraigo te corresponde?

Equipo Jurídico de Cohen y Aguirre. Especialistas en Derecho de Extranjería y Movilidad Internacional con más de 10 años de experiencia en la resolución de expedientes complejos.

Comparte este post:

Publicaciones relacionadas

Agenda tu asesoría online ahora

Asegúrate las mejores garantías de éxito en tu proceso migratorio de la mano de profesionales por tan solo 60€.