Número de Seguridad Social: Requisitos para extranjeros

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Tabla de contenidos

Para solicitar el número de seguridad social siendo extranjero, necesitas NIE o pasaporte y, si eres extracomunitario, tu resolución de residencia y trabajo. Te explicamos los documentos para tramitar el número de seguridad social y el paso concreto ante la Tesorería General.

Resumen breve:

  • Documentos: NIE o pasaporte vigente, modelo TA.1 cumplimentado y datos de contacto.
  • Trámite: online mediante la Sede Electrónica (Import@ss) o presencial en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) con cita previa.
  • Plazo: La resolución debe notificarse en un máximo de 45 días; si no llega, la solicitud se entiende estimada.

Nota informativa: Este artículo tiene fines exclusivamente informativos y no significa que Cohen & Aguirre realice o gestione el trámite aquí descrito. Si necesitas asesoría sobre tu caso, puedes consultar nuestros servicios disponibles o contactarnos directamente.

¿Qué necesitas para tramitar el número de seguridad social como extranjero?

La Tesorería General de la Seguridad Social asigna el número de identificación —conocido como NUSS— antes de que puedas afiliarte y darte de alta en cualquier régimen. Por lo tanto, es el primer trámite que debes resolver, incluso antes de firmar un contrato o iniciar tu actividad como autónomo.

Antes de iniciar el trámite, identifica bien los documentos para tramitar el número de seguridad social que corresponden a tu perfil. En términos generales, necesitas tres elementos: un documento de identidad válido, el formulario oficial de solicitud y, en algunos perfiles, la resolución que acredita tu situación administrativa en España. 

A diferencia de otros trámites de extranjería, este no exige apostilla ni traducción jurada, ya que se trata de un registro puramente administrativo interno del sistema español.

📋 En resumen, para casi cualquier perfil extranjero necesitas:

  • NIE o pasaporte en vigor, según tu situación.
  • Modelo TA.1 «Solicitud de Afiliación/Número de Seguridad Social», firmado.
  • Resolución de autorización de residencia y trabajo, si eres extracomunitario.
  • Datos de contacto: teléfono móvil y correo electrónico.

Así, la exigencia documental varía según seas ciudadano comunitario, extracomunitario o ya cuentes con una autorización de residencia sin componente laboral, como se detalla a continuación.

¿Quién puede solicitarlo y en qué situaciones?

No todos los extranjeros parten del mismo punto. La afiliación a la Seguridad Social para extranjeros en España sigue reglas distintas según tu nacionalidad y tu situación administrativa concreta.

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Un ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza puede iniciar la solicitud solo con su pasaporte, aunque después es habitual que la Seguridad Social le pida el NIE para validar el trámite. Si eres extracomunitario, en cambio, necesitas presentar tu pasaporte junto con la resolución de autorización de residencia y trabajo.

Esta exigencia responde a que el sistema debe verificar que tienes derecho a trabajar en España antes de asignarte el número. También lo necesitan, aunque con matices, los estudiantes en prácticas remuneradas o no remuneradas, los autónomos que inician actividad y los familiares de ciudadanos comunitarios que se incorporan al mercado laboral.

Igualmente, los beneficiarios de pensiones u otras prestaciones del sistema deben contar con su propio número, aunque nunca hayan trabajado en España. Esto confirma que la afiliación a la Seguridad Social para extranjeros en España no depende únicamente de tener un empleo activo.

Si tu vía de regularización es el arraigo sociolaboral, el número de la Seguridad Social forma parte del mismo proceso administrativo que consolida tu residencia y tu autorización de trabajo.


En Cohen & Aguirre acompañamos la tramitación completa de la residencia por arraigo sociolaboral.


Documentos para tramitar el número de seguridad social — lista completa

Antes de acudir a la oficina o iniciar el trámite online, conviene tener claro qué formato exige cada documento y dónde se obtiene. Esta tabla resume los documentos para tramitar el número de seguridad social según el caso más frecuente:

DocumentoFormato exigidoDónde se obtieneVigencia
Modelo TA.1Impreso oficial cumplimentado y firmadoSede Electrónica de la Seguridad Social o portal Import@ssNo caduca, se presenta por trámite
NIE o pasaporteOriginal y copia legibleComisaría de Policía Nacional (NIE) o autoridad emisora (pasaporte)Según documento; debe estar vigente
Resolución de residencia y trabajoDocumento administrativo de la autorización concedidaOficina de Extranjería tras resolución del expedienteVinculada a la vigencia de la autorización
Certificado digital, Cl@ve o selfie con documentoSegún canal elegidoSede Electrónica / FNMT (certificado digital)Variable según el método

Además, si actúas en representación de otra persona —por ejemplo, como apoderado o gestor—, deberás aportar el documento que acredite esa representación legal. Conviene revisar cada dato antes de enviarlo, porque un domicilio mal escrito o un documento caducado son causas frecuentes de retraso en la resolución.

Cómo solicitar el número de seguridad social siendo extranjero: online y presencial

Existen dos vías para hacerlo, y elegir la adecuada depende de si dispones de identificación electrónica. Ambas conducen al mismo resultado, aunque los tiempos de espera pueden variar considerablemente entre una y otra.

Vía online: recomendada si tienes Cl@ve, certificado digital o NIE/DNI:

  1. Accede al servicio «Solicitar el número de la Seguridad Social» en el portal Import@ss de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  2. Identifícate con Cl@ve, certificado digital o, si no dispones de ellos, mediante una foto de tu documento y un selfie.
  3. Rellena el modelo TA.1 con tus datos personales y de contacto.
  4. Envía la solicitud y espera la notificación con tu número asignado.

Vía presencial:

  1. Lleva contigo todos los documentos para tramitar el número de seguridad social antes de tu cita, ya que la oficina no admite solicitudes incompletas.
  2. Solicita cita previa en una oficina de la TGSS de tu provincia.
  3. Acude con el TA.1 impreso, tu documento de identidad y, si aplica, la resolución de residencia y trabajo.
  4. El funcionario cotejará los documentos y sellará tu copia como justificante de presentación.

Antes de iniciar cualquiera de las dos vías, conviene tener resuelta la parte documental previa. Si aún dudas entre tu NIE y tu TIE, o no sabes cuál corresponde presentar en cada trámite, en el blog explicamos con detalle las diferencias entre el NIE y el TIE para evitar errores en la solicitud.

Alta en la Seguridad Social sin contrato de trabajo

No necesitas tener ya un contrato firmado para solicitar el número. De hecho, es habitual —y recomendable— tramitarlo en cuanto dispongas del NIE y de tu situación de residencia definida, sin esperar a que la empresa lo haga por ti.

⚠️ El alta en la Seguridad Social sin contrato de trabajo es perfectamente válida en varios supuestos reconocidos por la normativa:

  • Autónomos que inician actividad por cuenta propia.
  • Estudiantes en prácticas formativas, remuneradas o no.
  • Personas que suscriben un convenio especial con la Seguridad Social.
  • Beneficiarios de pensiones u otras prestaciones del sistema.

En estos casos, el procedimiento es esencialmente el mismo: modelo TA.1 más documento de identidad válido, presentado de forma presencial o telemática. La diferencia principal está en el régimen al que después te afiliarás, no en el trámite de asignación del número. 

Por eso, el alta en la Seguridad Social sin contrato de trabajo no debe confundirse con el alta laboral propiamente dicha, que sí exige una relación contractual activa.

Fallas comunes en la solicitud del número de seguridad social

Ciertos descuidos retrasan innecesariamente la resolución del expediente. Conviene revisarlos antes de presentar la solicitud, ya que la mayoría son fáciles de evitar con una simple revisión previa.

  • Confundir el TA.1 con el TA.2: el TA.2 corresponde al alta de trabajadores por cuenta ajena, no a la afiliación inicial.
  • Presentar datos incompletos o ilegibles: el domicilio debe indicarse sin abreviaturas, con tipo de vía, municipio y provincia.
  • Solicitarlo tarde: Esperar a tener contrato firmado retrasa el acceso a sanidad y a otros trámites que dependen del NUSS.
  • No actualizar el NIE tras tramitarlo: los comunitarios que empezaron solo con pasaporte deben aportar después el NIE para validar la solicitud.
  • Adjuntar una resolución de residencia caducada: la autorización debe estar vigente en el momento de presentar la solicitud, no solo haber sido concedida en algún momento.


Si tu situación administrativa es compleja —por ejemplo, si tu autorización de residencia aún está en trámite o ha sido objeto de alguna incidencia— conviene resolverlo con acompañamiento profesional. Puedes agendar una asesoría de extranjería online con nuestro equipo antes de presentar la solicitud.


Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Cuánto tarda la Tesorería General en resolver la solicitud?
El plazo máximo legal para notificar la resolución es de 45 días. Transcurrido ese plazo sin respuesta, la solicitud se entiende estimada por silencio administrativo positivo.

¿El número de la Seguridad Social caduca o hay que renovarlo?
No, el NUSS se asigna una sola vez y te acompaña de por vida, aunque cambies de trabajo, de provincia o de tipo de autorización.

¿Puede mi empresa tramitar el número en mi nombre?
Sí. Si vas a trabajar por cuenta ajena y aún no tienes número, el empresario está obligado a solicitarlo por ti a través del sistema RED.

¿Es lo mismo el número de la Seguridad Social que el NIE?
No. El NIE identifica tu situación migratoria ante la Policía Nacional; el número de la Seguridad Social te identifica exclusivamente ante el sistema de protección social.

¿Puedo empezar a trabajar antes de recibir el número?
No es recomendable. El alta laboral y el acceso a la cobertura sanitaria dependen de que el NUSS ya esté asignado y activo.


En resumen: así puedes solicitar el número de seguridad social siendo extranjero

Reunir el NIE o pasaporte, rellenar correctamente el modelo TA.1 y, si eres extracomunitario, aportar tu resolución de residencia y trabajo son los pasos que definen todo el trámite. Elegir la vía online agiliza considerablemente el proceso frente a la gestión presencial, sobre todo si ya cuentas con Cl@ve o certificado digital.

En definitiva, saber solicitar el número de seguridad social siendo extranjero a tiempo evita retrasos en tu incorporación laboral, en tu acceso a sanidad pública y en trámites posteriores como la renovación de tu residencia. 

Si tu caso incluye alguna particularidad —arraigo, cambio de estatus o una autorización aún en trámite—, en Cohen & Aguirre podemos revisar tu expediente y acompañarte en cada paso.

¿Cuál es tu situación actual? ¿Ya tienes tu autorización de residencia resuelta o todavía estás a la espera de la resolución?

Equipo Jurídico de Cohen y Aguirre. Especialistas en Derecho de Extranjería y Movilidad Internacional con más de 10 años de experiencia en la resolución de expedientes complejos.

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