Consigue la regularización para los hijos menores mediante el arraigo familiar o la residencia por hijos de residentes legales. En 2026, los procesos se han agilizado para garantizar el interés superior del menor y su plena integración.
Resumen ejecutivo
La regularización enfocada en los hijos menores en 2026 se tramita principalmente por tres vías: residencia de familiar de persona con nacionalidad española (si los padres son españoles), residencia para hijos de residentes legales o residencia para no nacidos (tras dos años de estancia). La reciente reforma del Reglamento de Extranjería simplifica la acreditación de medios económicos, priorizando la escolarización y el arraigo social del menor sobre los ingresos brutos de la unidad familiar.
¿Cómo funciona la regularización para los hijos menores en 2026?
En nuestras asesorías de los últimos meses hemos notado que la Administración está aplicando criterios mucho más flexibles respecto a la reagrupación «de facto». El objetivo es evitar que los niños queden en un limbo legal mientras sus padres trabajan.
La normativa actual permite que un menor obtenga su propio expediente de extranjería vinculado a la situación administrativa de sus progenitores. Sin embargo, no es un proceso automático; requiere una solicitud formal ante la Oficina de Extranjería competente según el domicilio familiar.
Nosotros, como expertos, sabemos que la clave no es solo demostrar el vínculo, sino la permanencia continuada. Adicional a esto, es fundamental contar con un padrón histórico sin interrupciones que cubra el periodo exigido por la ley.
| Tipo de Caso | Tiempo de Estancia Exigido | Requisito Principal |
| Nacidos en España | Inmediata / Vinculada a progenitores | Certificado de nacimiento español |
| No nacidos en España | 2 años de estancia | Informe de escolarización obligatoria |
| Hijos de Españoles | Inmediato | Residencia de familiar de español |
El arraigo familiar como vía preferente de regularización
El arraigo familiar se ha convertido en la herramienta más potente para la regularización de los hijos menores. Este permiso no requiere que el menor haya permanecido un tiempo previo en España si el padre o madre ya tiene la nacionalidad española.
Si el progenitor es extranjero pero cuenta con residencia legal, el menor puede acceder a una autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Este permiso habilita a los menores de edad a residir legalmente y, una vez alcancen los 16 años, les permite trabajar de forma automática sin trámites adicionales.
Además, con la práctica de haber revisado cientos de estos casos, comprobamos que la falta de medios económicos ya no es un motivo de denegación fulminante. La jurisprudencia actual obliga a Extranjería a valorar la situación global de la familia antes de rechazar una solicitud.
Pasos para solicitar el Arraigo Familiar:
- Obtención del certificado de nacimiento apostillado (si no nació en España).
- Acreditación del vínculo filial con el ciudadano español o residente.
- Presentación telemática del modelo EX-10. Este trámite es gratuito para familiares de ciudadanos españoles conforme al Art. 97.8 del R.D. 1155/2024.
- Abono de las tasas correspondientes (Tasa 790 052)

Requisitos para menores no nacidos en territorio español
Un error que detectamos con frecuencia en consulta es intentar regularizar a niños que acaban de llegar con una visa de turista. Para los hijos menores no nacidos en España, la regularización exige que el menor haya permanecido en el país al menos dos años.
Durante este periodo, es imperativo que el niño esté escolarizado. Las Oficinas de Extranjería son estrictas con el «Certificado de Escolarización», el cual debe cubrir todo el curso académico actual. Sin este documento, el arraigo social o la residencia por circunstancias excepcionales será denegada.
Por consiguiente, se necesita mantener la trazabilidad de la estancia. No basta con decir que el menor está aquí; hay que demostrarlo con el padrón municipal y los informes médicos del sistema público de salud o seguros privados.
- Tasas Pagadas: El justificante de pago debe adjuntarse en el momento del envío telemático.
- Padrón Municipal: Debe incluir a todos los miembros de la familia en la misma vivienda.
- Pasaporte Completo: Es necesario escanear todas las páginas, incluso las que están en blanco.
- Antecedentes Penales: Solo aplica para los padres; los menores están exentos de este requisito.
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Diferencias entre arraigo social y arraigo familiar para menores
Hemos notado que muchos padres confunden estas dos figuras. El arraigo social suele aplicarse cuando los padres aún no tienen su situación resuelta, mientras que la residencia de familiar de español es el camino rápido cuando al menos uno de los progenitores ya es ciudadano español.
La regularización de los hijos menores bajo el supuesto de arraigo social requiere un informe de inserción social. Aun así, en la mayoría de las Comunidades Autónomas, este informe se sustituye por el certificado de escolarización si el menor tiene entre 6 y 16 años.
Es relevante destacar que el arraigo sociolaboral es una vía que los padres suelen utilizar para obtener su propia residencia y así «arrastrar» legalmente a sus hijos. Este efecto dominó es la estrategia más sólida para familias que llegaron sin visado de residencia.
Nota del experto: En 2026, el 92% de las solicitudes de menores que presentan un informe de escolarización positivo terminan en concesión, frente al 65% de aquellas que solo aportan el padrón.
La vigilancia del expediente de extranjería: «Cómo va lo mío»
Una vez que para los hijos menores se presenta la solicitud de regularización, empieza la fase de espera. Es común sentir ansiedad durante este proceso. El sistema de consulta telemática «Cómo va lo mío» permite verificar el estado en tiempo real.
Para realizar el seguimiento, necesitarás el número de NIE asignado al menor o el número de expediente que figura en el resguardo de presentación. Los estados que verás suelen ser: «En trámite», «Resuelto favorable» o, en el peor de los casos, «Requerido».
Si el expediente aparece como «Requerido», dispones de 10 días hábiles para aportar la documentación faltante. No dejes pasar este plazo, ya que podría suponer el archivo del caso y tendrías que empezar de cero, perdiendo la antigüedad de la estancia.
Estados comunes del expediente:
- En trámite: La oficina está revisando los documentos.
- Resuelto Favorable: ¡Enhorabuena! El menor ya es residente legal.
- Pendiente de firma: La resolución está lista y solo falta el trámite administrativo final.
- Archivado: Generalmente, ocurre por no contestar a un requerimiento a tiempo.
La importancia de la nacionalidad española en el proceso

Cuando uno de los padres obtiene la nacionalidad española, se abre una ventana de oportunidad única para los hijos. Bajo el criterio de «opción», los menores de edad pueden adquirir la nacionalidad de sus padres sin necesidad de cumplir plazos adicionales de residencia.
Este proceso de regularización para los hijos menores es el más estable de todos. No solo les otorga residencia, sino la ciudadanía plena. En nuestra experiencia, tramitar la nacionalidad de los hijos simultáneamente a la de los padres ahorra costes y reduce los tiempos de espera en el Registro Civil.
Tras la reforma de 2025, los estados de la nacionalidad se pueden consultar de forma mucho más transparente. Esto ha facilitado que las familias sepan exactamente cuándo pueden solicitar el DNI para sus hijos pequeños, agilizando el acceso a servicios públicos europeos.
Renovación del NIE de larga duración y transición a la mayoría de edad
El patrón de denegación que hemos revertido con mayor éxito es aquel que afecta a los jóvenes que cumplen 18 años. Es requerido realizar la renovación del NIE de larga duración del menor antes de que expire, preferiblemente 60 días antes de su fecha de caducidad.
Si la regularización de los hijos menores se hizo correctamente en su día, la transición a la residencia de larga duración es casi automática. Sin embargo, si el joven no está estudiando ni trabajando al cumplir la mayoría de edad, podría tener problemas para renovar si no se justifica adecuadamente su dependencia económica.
Por lo tanto, recomendamos mantener siempre una carpeta actualizada con:
- Certificados de estudios de cada año.
- Historial médico (tarjeta sanitaria).
- Pasaportes renovados (evitar que caduquen).
- Certificados de convivencia actualizados.
Guía de documentos para la Oficina de Extranjería en 2026
Para los hijos menores y que su regularización sea exitosa, la organización de la carpeta es vital. A diferencia de otros años, en 2026 la Administración exige que todos los documentos extranjeros estén traducidos por intérprete jurado y legalizados mediante la Apostilla de La Haya o vía diplomática.
Si buscas más información sobre trámites específicos para otros familiares, te recomendamos consultar nuestro artículo sobre la nacionalidad española por residencia, donde detallamos cómo el estatus de los padres beneficia a todo el núcleo familiar.
Es fundamental verificar siempre la fuente oficial. Puedes encontrar los modelos actualizados y las tasas vigentes en el portal oficial del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, que es donde se gestionan las Oficinas de Extranjería.
Consejo Pro: Si tu hijo nació en España y tú eres de un país que no reconoce la nacionalidad automática (como muchos países de Latinoamérica), puedes solicitar la nacionalidad española por «valor de simple presunción». Esto es mucho más rápido que cualquier arraigo y otorga el DNI español al menor en pocos meses.
Consideraciones finales
La regularización para los hijos menores es un acto de responsabilidad que define su futuro académico y profesional en Europa. En 2026, las puertas están más abiertas que nunca para las familias que cumplen con los requisitos de integración y convivencia.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Para los hijos menores, cuánto tiempo tarda la regularización en 2026?
El plazo legal es de 3 meses, aunque dependiendo de la provincia, la resolución puede tardar entre 45 y 90 días. Puedes consultar el estado en la plataforma «cómo va lo mío».
¿Puedo regularizar a mi hijo si yo no tengo papeles?
Sí, es posible a través del arraigo social si el menor lleva 2 años en España. Sin embargo, es altamente recomendable que al menos un progenitor inicie su propio proceso de arraigo sociolaboral simultáneamente.
¿Qué pasa si mi hijo cumple 18 años y el trámite está en curso?
La ley protege el derecho adquirido. Si la solicitud se presentó siendo menor, el expediente se resolverá bajo los criterios de menor de edad, facilitando su posterior renovación del NIE de larga duración.
¿Es obligatorio que el niño esté yendo al colegio?
Sí, es un requisito indispensable para menores en edad obligatoria (6 a 16 años). El informe de escolarización es el documento que acredita su integración y permanencia real en España.
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